La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los valores correspondientes al régimen especial de ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En este caso lo aplicable a las ventas de bienes y servicios realizadas a través de plataformas digitales como Mercado Libre o similares.
La nueva resolución entró en vigencia el 1 de diciembre y aplicará a todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.
El nuevo régimen aplicará para quienes realicen operaciones de venta de cosas muebles no registrables, tanto nuevas como usadas, para los locadores de obra y los prestadores de servicios a través de plataformas online.
La actualización alcanza a aquellos sujetos que “no acreditando la calidad de responsables inscriptos, de exentos o no alcanzados en el IVA, o en su caso, la condición de sujetos adheridos al Monotributo, realicen operaciones en forma habitual, frecuente o reiterada”.
La Resolución General 5794/25, publicada en el Boletín Oficial, establece que los nuevos parámetros son los siguientes:
Para que las ventas de bienes usados de uso personal no sean consideradas habituales, el monto deberá ser menor a $1.500.000, previa declaración del vendedor.
Anteriormente, los montos y cantidades de operaciones que determinaban si un usuario era considerado “habitualista” habían quedado desactualizados frente al aumento de precios y la evolución del comercio digital.
Los usuarios pasan a ser considerados “sujetos no categorizados” desde el mes siguiente a aquel en el que se verifique la habitualidad.
Mientras, dejarán de estar alcanzados cuando se inscriban en IVA o Monotributo, o cuando cese la habitualidad.
Las plataformas deberán asegurar obligatoriamente la identificación tributaria mediante CUIT, CUIL o CDI para todos los operadores alcanzados por el régimen.
En tanto, las percepciones “deberán consignarse de manera clara y discriminada” en las facturas.
A partir de ahora, y “con el fin de facilitar la comunicación con los ciudadanos”, habrá un cambio adicional.
Se reemplazará la notificación enviada por domicilio fiscal electrónico con el motivo y la alícuota de percepción, por la consulta disponible en el servicio con Clave Fiscal “Nuestra Parte”.
El cambio de paradigma en el comercio
De acuerdo con el último informe de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), la facturación del sector alcanzó $15.317.918 millones durante el primer semestre de 2025, lo que implica un crecimiento del 79% respecto al mismo período del año anterior.
Durante esos seis meses se concretaron 149,5 millones de órdenes de compra, un 46% más que en la primera mitad de 2024.
Se vendieron 203,9 millones de unidades, con un ticket promedio de $102.449, un incremento del 23%.
En la actualidad, representa cerca del 25% de las ventas totales del país y seis de cada diez empresas reconocen que su evolución fue igual o superior a la de los canales presenciales.
Entre las categorías con mayor penetración se encuentran:
- Hogar y Decoración (38%)
- Productos de Belleza (26%)
- Indumentaria no deportiva (25%)
- Indumentaria deportiva (23%)
- Electrónica y electrodomésticos (21%)


