Según adelantó Manuel Adorni: «La Justicia ordenó el cese inmediato de la difusión de los audios grabados ilegalmente a Karina Milei en Casa Rosada».
El juez Alejandro Maraniello lo ordenó alegando que la privacidad institucional prima sobre la libertad de expresión, aunque no conoce el contenido de los audios.

¿Por qué se tomó esta decisión?
El vocero presidencial Manuel Adorni declaró que «La Justicia ordenó el cese inmediato de la difusión de los audios grabados ilegalmente a Karina Milei en Casa Rosada. Reconoció que se trata de una violación grave a la privacidad institucional y no un caso de libertad de expresión».
En tanto el juez Alejandro Maraniello alegó que la privacidad institucional prima sobre la libertad de expresión, aunque no conoce el contenido de los audios.
El fallo prohíbe la difusión de los audios «a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web».

Allanamientos y censura
Además se fijó el allanamiento a Carnaval Stream, donde se difundieron los audios de Karina.
En la orden se especificó la «incautación de servidores, discos rígidos, consolas de edición, backups, planillas de programación y toda documentación relativa a la recepción y difusión del material».
Además, se pide la intervención en los domicilios de:
- Jorge Rial, periodista.
- Mauro Federico, periodista.
- Franco Bindi, abogado.
- Pablo Toviggino, empresario.
A ellos solicita que se les secuestren dispositivos electrónicos y documentación.


