A partir del 21 de agosto toda persona afiliada a una obra social o prepaga podrá pedir una credencial física gratuita. Ya no será obligatorio usar solo la versión digital para acceder a la atención médica.
Así se dio a conocer esta mañana la Superintendencia de Servicios de Salud a través de la resolución 1463/2025. La medida busca garantizar el acceso a la salud de quienes no pueden o no saben usar tecnología.

¿Qué establece la norma?
La nueva resolución advierte que si bien la digitalización de los sistemas de salud implica un avance, también puede representar una dificultad para determinados grupos. Entre ellos personas mayores, con discapacidad, sin acceso a Internet o a dispositivos electrónicos.
En estos contextos se aclara que no es una obligatoriedad usar exclusivamente credenciales digitales para acceder a servicios de salud. Sin embargo, se exige a obras sociales y prepagas garantizar el servicio siempre que el usuario lo solicite.
Por esto mismo dichos organismos deberán entregar las identificaciones físicas sin costo y de forma simple en un plazo máximo de 15 días hábiles. Además, la persona podrá optar por retirarla personalmente o recibirla por correo en su domicilio declarado.
Condiciones a cumplir
Las entidades tendrán la obligación de informar de manera clara y accesible:
- Que los afiliados tienen derecho a solicitar la credencial física.
- Cuáles son los canales habilitados para hacerlo.
- Qué modalidades de entrega están disponibles.
La Gerencia de Control Prestacional será la encargada de garantizar el cumplimiento de estas obligaciones y las instituciones que no acaten la norma podrán ser sancionadas según el régimen vigente.
La medida alcanza tanto a todas las obras sociales reguladas por la Ley 23.660 como a las prepagas comprendidas en la 26.682, independientemente de si se trata de sindical o privado.
La medida se aplicará a partir del 21 de agosto de este año, sin especificar motivo y de manera gratuita.


