El fallo fue emitido por un juez federal de Campana, que consideró inconstitucional la decisión del presidente de frenar la aplicación de una ley ya aprobada por el Congreso.
La resolución fue impulsada por el amparo de dos familias con hijos con discapacidad, que advirtieron que el veto ponía en riesgo sus tratamientos y vulneraba derechos básicos como la salud, la educación y la rehabilitación.

Qué dice el fallo
La Justicia federal de Campana resolvió este martes 19 de agosto anular el veto de Javier Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad. La misma había sido sancionada por el Congreso el 10 de junio.
La decisión fue adoptada por el juez Adrián González Charvay, en respuesta a un amparo presentado por los padres de dos niños con trastorno del espectro autista (TEA). Ambos habían denunciado la interrupción de terapias y la falta de cobertura de transporte escolar.
El fallo dispuso “hacer lugar parcialmente a la acción de amparo” y subrayó que “el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”.
Uno a uno: los argumentos
El magistrado señaló que:
- La justificación del decreto era aparente y falaz
- Rechazó los dos ejes principales de la medida: la supuesta falta de financiamiento y las supuestas irregularidades parlamentarias.
- Recordó que la Argentina es parte de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención sobre los Derechos del Niño.
- El juez advirtió que el veto implicaba un riesgo grave para la continuidad de terapias, educación y transporte en el sistema de prestaciones básicas.
- Sostuvo que el equilibrio fiscal no puede prevalecer sobre derechos constitucionales.
“La fundamentación del veto cuestionado y su consecuente resultado no son otra cosa que un caso de clara discriminación a personas con discapacidad, ya que afecta a niños, niñas y adolescentes en situación de doble vulnerabilidad”, expresó González Charvay.

El Gobierno aún puede apelar la resolución, pero se trata del primer fallo que declara inválido un veto presidencial en la materia.
“El derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”, concluyó el juez en su resolución.

