La soberanía afectada: la Corte habilitó la venta de tierras sin límite a extranjeros

La Corte Suprema de Justicia revocó la cautelar que frenaba la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023, lo que deja sin efecto las restricciones que imponía la Ley de Tierras sancionada en 2011. Con esta decisión, se elimina el límite del 15% de titularidad extranjera a nivel nacional y provincial, así como las restricciones sobre hectáreas máximas, cuerpos de agua y zonas de frontera.

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se basó en la falta de legitimación del CECIM La Plata, que había impulsado el amparo.

La Corte evitó pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto de Javier Milei, pero al revocar la sentencia previa dejó operativo el esquema que habilita la compra de tierras rurales sin limitaciones para personas y empresas extranjeras.

La resolución genera preocupación en sectores sociales y políticos que advierten sobre el riesgo de extranjerización de tierras y el impacto en la integridad territorial y la soberanía nacional.

El debate se centra en si la eliminación de los límites abre la puerta a una mayor concentración de recursos estratégicos en manos de capitales externos, lo que podría comprometer el control nacional sobre zonas productivas y de seguridad.

La discusión parlamentaria y judicial sobre el tema promete continuar, ya que la Corte dejó claro que su fallo no implica un pronunciamiento definitivo sobre la validez constitucional del decreto, sino únicamente sobre la legitimación del amparo presentado.





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