Fla te explica el borrador de la nueva Ley de Bases de Milei

Hoy, en “De 1ra con Meneghini”, @aldana.aguiar explicó algunos puntos del borrador de la nueva Ley de Bases de Milei.


El Gobierno ultimó los detalles de los proyectos del paquete fiscal y la nueva ley ómnibus -versión acotada- que envió a los legisladores y gobernadores antes de su tratamiento en el Congreso. Aún cabe que en el debate y en la discusión en el recinto sufran modificaciones.

La ley ómnibus es una nueva redacción acotada luego de que el oficialismo fracasara en Diputados el proyecto original que envió la gestión de Javier Milei. Incluye la declaración de emergencia por un año, la facultad de privatizar empresas del Estado, accionar sobre organismos descentralizados y fideicomisos, entre otras cuestiones.

En cuanto al paquete fiscal, el proyecto incluye una moratoria de deudas impositivas, aduaneras, y de la seguridad social; el blanqueo de capitales; modificación del Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales, e impuestos internos; y del monotributo, además de otros temas.

Respecto al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias el proyecto marca $1.200.000, aunque fuentes oficiales aclaran que se trata de una cuestión técnica. Formalmente quedaría en $1.800.000 para trabajadores solteros y $2.200.000 para trabajadores casados con dos hijos.

Además, el esquema fijaría una escala progresiva de tributo que arranca del 5 por ciento hasta llegar al 35 por ciento, al tiempo que contempla una actualización por IPC para que se mantenga la proporcionalidad inicial.

Con este acuerdo el Gobierno no sólo logró volver a instalar el tema sino alcanzar un apoyo de esos bloques que fueron los que pugnaron por un piso superior al 1,2 millones de pesos que estaba pautado.

Se espera que los proyectos sean tratados en comisión la semana próxima para alcanzar a fin de mes el debate en el recinto.

Se incluirá una reforma laboral, algo que estaba dictaminado en el DNU 70/2023 pero que fue frenado en la Justicia, aunque será consensuado con fuerzas de la oposición, espacialmente con la UCR.

Otro de los puntos de la ley habla del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) y permite que sea invertido «de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, respetando los lineamientos fijados por esta ley y las normas reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley No. 26.425».

Los 279 artículos se ocupan en su mayoría con capítulos referidos a la desregulación económica, el nuevo Tribunal de Defensa de la Competencia y la Agencia de Mercados y Competencia.

Además, otro tramo importante se lo llevan las modificaciones a la ley de Hidrocarburos y cuestiones referidas al gas, como la autorización de «las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa».

En ese capítulo, se crea «el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad el que, una vez constituido, reemplazará y asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), creado por el artículo 54 de la Ley N° 24.065, y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), creado por el artículo 50 de la Ley N° 24.076».

A nivel previsional, se elimina la última moratoria jubilatoria para quienes debieran aportes.

¿Qué empresas busca privatizar el Gobierno?

El capítulo II de la Reforma del Estado sobre «privatización de empresas públicas» del borrador que este martes difundió el Gobierno sobre la nueva ley ómnibus ocupa casi cuatro páginas y ocho artículos.

La iniciativa amplía la cantidad de empresas sujetas a privatización de 12 a 18, y al igual que en la versión anterior agrupa a las firmas públicas en tres categorías en función del destino que tendrán.

En primer lugar aparecen las cuatro «empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado Nacional» que podrán ser privatizadas de forma total si así se dispusiera.

Se trata de Aerolíneas Argentinas S.A., Energía Argentina S.A., Radio y Televisión Argentina S.E., e Intercargo SAU. Ésta última es la que se agregó a la lista de las que no figuraban en la versión anterior.

El segundo grupo tiene que ver con cinco empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado que, de acuerdo a la propuesta, cuyo serían traspasadas a concesionarias privadas.

Allí se enlistan Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (Aysa), Correo Oficial de la República Argentina S.A., Belgrano Cargas y Logística S.A., Sociedad Operadora Ferroviaria S.E. (SOFSE) y Corredores Viales S.A.

Por último, se enumeran nueve empresas o sociedades estatales que «sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias».

Son Nucleoeléctrica Argentina S.A., Banco de la Nación Argentina, Nación Seguros S.A., Nación Reaseguros S.A., Nación Seguros de Retiro S.A., Nación Servicios S.A., Nación Bursátil S.A., Pellegrini S.A, y Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).

El artículo 11 de la ley de Bases establece que «el proceso de privatización deberá desarrollarse de conformidad con los principios de transparencia, competencia, máxima concurrencia, gobierno abierto, eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos, publicidad y difusión».

El artículo 12, en tanto, define que «la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones, creada por el artículo 14 de la Ley N° 23.696, intervendrá en las privatizaciones que se lleven adelante en virtud de las disposiciones de la presente ley».

El artículo 13 dispone que «la Auditoría General de la Nación deberá realizar un examen respecto del proceso de privatización de cada una de las empresas, evaluando el cumplimiento de los aspectos legales y financieros, una vez finalizado el mismo y dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles».

«Este examen deberá ser presentado ante la Comisión Bicameral prevista en el artículo 14 de la Ley N° 23.696», se indica.

También intervendrá la Sindicatura General de la Nación, según prevé el artículo 14, en la elaboración de «un informe integral sobre la empresa pública en cuestión, que contendrá información detallada sobre sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, debiendo formular las observaciones y sugerencias que estime pertinentes».

«El plazo para la emisión del informe será de quince (15) días hábiles a contar desde la recepción de las actuaciones remitidas por el Poder Ejecutivo nacional. Las observaciones o sugerencias formuladas deberán ser expresamente consideradas por el Poder Ejecutivo nacional y remitidas a la Comisión Bicameral creada por el artículo 14 de la presente ley», se agrega.

Los puntos principales del borrador final de la ley de Bases que el Gobierno envió al Congreso
A continuación, los puntos principales del mega proyecto que supo tener en su versión madre 644 artículos:

-Emergencia: el oficialismo propone dictar la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año.

-Reforma Laboral: si bien esta versión en menos ambiciosa que la anterior, incluye cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores. A su vez, promueve extinciones penales, condonación de deuda y la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.

-Privatizaciones: ya no son 40 las empresas a privatizar, sino muchísimas menos. Sin embargo, continúan en el pelotón: Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina SA (Enarsa), Radio y Televisión Argentina e Intercargo. Además, quedan sujetas a privatización y concesión AySA, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Corredores Viales y Trenes Argentinos (Sofse).
A este lista se podrían plegar otras que su privatización sería parcial: Nucleoeléctrica Argentina SA, el Banco Nación, Nación Seguros, Nación Reaseguros, Nación Seguros de Retiro, Nación Servicios, Nación Bursatil, Pellegrini SA y Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
-Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes: el paquete fiscal, que el Gobierno había decido retirar de la ley Bases original, ahora se llama «Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes».

El punto más relevante de este proyecto marcha por la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias.

De aprobarse esta ley, el mínimo no imponible será de $1.800.000 para los solteros, mientras que para los casados con hijos será de 2.200.000 pesos.

Con info de Ámbito.





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